El Big Data y la Inversión Socialmente Responsable

Iván Merillas Santos • 24 de abril de 2018

La GDPR en la inversión socialmente responsable

A partir del 25 de mayo entra en vigor en toda Europa una nueva ley de protección de datos conocida por sus siglas en inglés: GDPR (General Data Protection Regulation). El objetivo principal de dicha normativa es el de dar control a los ciudadanos y residentes sobre sus datos personales y simplificar el entorno regulador de los negocios internacionales unificando la regulación dentro de la Unión Europea. Por lo tanto, se trata de una normativa que afecta a todas las empresas, independientemente de su origen o actividad, si recogen, guardan, tratan, usan o gestionan algún tipo de dato de los ciudadanos de la Unión Europea. Es decir, que empresas como Google, Apple o Amazon (por citar algunos ejemplos) también están sujetas a su cumplimiento. Y todo esto en pleno escándalo de Facebook por la filtración de datos…


La GDPR es una regulación que se basa en el derecho fundamental sobre la protección de los datos de carácter personal y éste se encuentra recogido en el artículo 8, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la Carta») y en el artículo 16, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).


El incumplimiento de esta legislación tendrá sanciones económicas, con multas hasta del 4% de la facturación global anual o de 20 millones de euros. Pero adicionalmente, tal y cómo hemos visto en los últimos días con el escándalo de filtración de datos de Facebook, los “stakeholders” suelen castigar de una forma bastante contundente este tipo de actos. Por ello, una vez más, observamos como el análisis de indicadores sociales, como puede ser el cumplimiento de los derechos fundamentales, minimiza el riesgo de nuestras inversiones y pone en valor las bondades de la inversión socialmente responsable (ISR) a través del análisis de criterios “extra-financieros”.


El cumplimiento de los Derechos Humanos suele ser un criterio social utilizado en el análisis ASG (medioambiental, Social y de buena Gobernanza). Tradicionalmente es utilizado como criterio de exclusión, y por lo tanto, aquellas organizaciones o empresas que no cumplen son descartadas del universo de inversión. Sin embargo, en mi opinión, es importante que después de este primer filtro se vuelva a considerar el mismo parámetro como un criterio valorativo para poder ir más allá en el análisis no financiero.

Y es que, no se trata sólo de que una empresa cumpla o no con los mandatos básicos de los derechos en cada región o país, sino de valorar aquellas organizaciones que impulsan e implementan políticas que aumentan los derechos de sus empleados y del entorno social donde realiza su actividad, es decir, valorar el compromiso de responsabilidad social de las empresas. En este sentido, la implantación que hará Facebook de la GDPR fuera de la UE nos puede servir de ejemplo para ilustrar la necesidad de incorporar como criterio valorativo y no sólo excluyente el cumplimiento de los derechos fundamentales.

El CEO de Facebook, Mark Zuckerberg, había afirmado, durante su reciente declaración ante el Congreso estadounidense, que aplicaría el “espíritu” más beneficioso de la GDPR en todo el mundo. Sin embargo, la semana pasada varias agencias de noticias se hicieron eco sobre la modificación de los términos y condiciones de Facebook para transferir la sede de sus oficinas internacionales de Irlanda a los Estados Unidos y así evitar que la nueva ley de privacidad de la UE pueda regir en todos sus usuarios. La ley estadounidense es más laxa y no considera como datos personales cierto tipo de información como, por ejemplo, el historial de búsqueda, que desde el año pasado las empresas de internet y las de telecomunicaciones pueden comercializar.

Esta modificación afectará a más del 70% de los más de 2.000 millones de usuarios de Facebook, en concreto, a 1.520 millones de usuarios de Facebook que viven en América Latina, África y Asia, ya que los residentes en Estados Unidos, Canadá y Europa estarán bajo el amparo del cumplimiento de la nueva normativa europea.

Los nuevos modelos de negocio basados en Big Data están creciendo a una velocidad vertiginosa y por este motivo, aplicar esta visión integradora de la ISR permite crear un marco motivador para guiar a dichas empresas a tener un comportamiento socialmente responsable.


Artículo publicado en la revista RankiaPro el 24 de abril de 2018


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